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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM cancela licencia para servicio de alarma por vínculo radioeléctrico otorgada a G Y K S.A. en 1997

ENACOM cancela licencia para servicio de alarma por vínculo radioeléctrico otorgada a G Y K S.A. en 1997

Mediante Resolución Sintetizada 344/2026, el Interventor del ENACOM dispuso la cancelación de la licencia otorgada a G Y K S.A. mediante Resolución N° 194/1997 de la ex Secretaría de Comunicaciones, con vigencia desde el 6 de enero de 2025.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342112/20260519

La Resolución Sintetizada 344/2026 del ENACOM establece la cancelación de una licencia para prestación del Servicio de Alarma por Vínculo Radioeléctrico otorgada a G Y K S.A. en 1997. La medida entra en vigencia el 6 de enero de 2025 y requiere su asiento en los registros pertinentes, notificación a áreas competentes y publicación en extracto. El aviso no informa motivos, antecedentes procesales, incumplimientos ni fundamentos de la decisión.

El aviso no informa contexto histórico alguno.

G Y K S.A., titular de la licencia cancelada, queda inhabilitada para prestar el servicio de alarma por vínculo radioeléctrico conforme a dicha autorización.

Criterio editorial

Por qué importa

Es trascendente porque pone fin a una autorización vigente desde 1997 para un servicio regulado de comunicaciones, sin que el aviso detalle causas ni procedimientos previos.

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Texto original

Resolución Sintetizada 344/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 344/RESOL-2026-344-APN-ENACOM#JGM FECHA 13/05/2026EX-2025-01684669- -APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- CANCELAR la Licencia y registro para la prestación del Servicio de Alarma por Vínculo Radioeléctrico otorgado a la firma G Y K S.A., mediante Resolución N° 194, de fecha 21 de febrero de 1997, dictada por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES. 2.- Establecer que la medida adoptada en el Artículo 1° tendrá vigencia a partir del 06 de enero de 2025. 3.- Instruir a las dependencias competentes de este ENACOM a asentar la cancelación dispuesta en el Artículo 1° del presente acto en los registros pertinentes. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 19/05/2026 N° 33227/26 v. 19/05/2026 Fecha de publicación 19/05/2026