El INAES retira autorizaciones y cancela inscripciones de tres cooperativas en un solo día
En una jornada inusualmente concentrada de aplicación sancionatoria, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social dispuso el retiro de la autorización para funcionar de una cooperativa de crédito, el rechazo definitivo de un recurso contra una sanción equivalente ya impuesta a otra cooperativa de vivienda, y la cancelación de la matrícula registral de una tercera cooperativa mixta, todas bajo el mismo marco legal y procedimental.
8 de mayo de 2026 · 3 fuentes

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) aplicó el 8 de mayo de 2026 tres medidas sancionatorias con efecto inmediato sobre cooperativas registradas en el ámbito nacional: una resolución que retira la autorización para funcionar de la Cooperativa de Crédito Amecoop Limitada; una segunda que rechaza como extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por la Cooperativa de Vivienda Futuro Limitada contra una sanción previa de igual naturaleza; y una tercera que cancela la inscripción registral de Los Tilos Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Limitada. Las tres decisiones fueron notificadas formalmente el mismo día y remiten explícitamente a la Ley N.º 20.337 —ley marco de las cooperativas— y a su régimen sancionatorio del artículo 101, inciso 3º.
Aunque cada caso involucra entidades distintas y hechos sustanciales diferenciados, el patrón compartido radica en la ejecución simultánea de consecuencias extremas dentro del régimen cooperativo: pérdida de habilitación para operar, agotamiento de la vía administrativa y desaparición del estatus registral. Ninguna de las resoluciones menciona causales específicas de fondo —como irregularidades contables o incumplimientos operativos—, pero sí alinean rigurosamente los fundamentos legales y los plazos recursales establecidos por el Decreto 1759/72, actualizado por el Decreto 695/24, lo que sugiere una aplicación homogénea y deliberadamente coordinada del régimen sancionatorio.
Las medidas afectan cooperativas de distinto tipo —crédito, vivienda y mixta— y con domicilios en distintas jurisdicciones (CABA, Santa Fe y nuevamente CABA), lo que descarta una acción focalizada en una sola región o sector. En cambio, refuerzan una lectura institucional de consolidación de la autoridad fiscalizadora del INAES frente a entidades que, según los fundamentos formales, habrían incurrido en infracciones graves suficientes para justificar la exclusión definitiva del sistema cooperativo regulado.
La ausencia de recursos pendientes en dos de los casos —el rechazo extemporáneo y la cancelación registral— deja abierta la posibilidad de acciones judiciales directas por parte de las entidades afectadas, conforme lo previsto en los artículos 103 de la Ley 20.337 y 1 bis, inciso h) de la Ley 19.549. No obstante, ninguna de las resoluciones publicadas indica que dichas acciones hayan sido iniciadas ni que existan medidas cautelares en curso. Fuentes: Avisos Oficiales 341727, 341728 y 341732, publicados el 8 de mayo de 2026 en el Boletín Oficial por el INAES.
Entidades clave
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