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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO

Homologan convenio salarial en el sector público

Homologan convenio salarial en el sector público

Fija tope indemnizatorio según normativa laboral vigente

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348515/20261005

La Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo homologó un convenio salarial en el sector público, fijando parámetros para despidos justificados.

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Antecedentes relacionados

  • En los ultimos 120 dias se detectaron 24 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (24).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (11), industria textil (7), sector publico laboral (3).
Serie laboral

Acuerdos homologados recientes

En los ultimos 120 dias se detectaron 24 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.

Organos mas activos
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO24
Ramas inferidas
  • comercio y servicios11
  • industria textil7
  • sector publico laboral3
  • ferroviario2
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (24).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (11), industria textil (7), sector publico laboral (3).
  • La inferencia se basa en titulos, organismos y texto oficial disponible; no reemplaza la lectura del acuerdo homologado completo.
Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo relevante para el sector público y el derecho laboral, con impacto en la relación entre sindicatos y empresas.

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Texto original

Disposición 38/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO Disposición 38/Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2026VISTO el Expediente EX-2024-00770626- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Disposición DI-2025-952-APN-DNRYRT#MCH, yCONSIDERANDO:Que en la página 1 del documento RE-2024-00770213-APN-DGD#MT del presente expediente, obra el acuerdo homologado por el artículo 1º de la Disposición citada en el visto, y registrado bajo el Nº 1232/25, celebrado por el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES y la empresa COMPAÑÍA MEGA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1692/23 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que en la página 1/2 del documento RE-2024-00770374-APN-DGD#MTdel presente expediente, obra el acuerdo homologado por el artículo 2º de la Disposición citada en el visto, y registrado bajo el Nº 1233/25, celebrado por el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES y la empresa COMPAÑÍA MEGA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1692/23 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que en la página 3 del documento RE-2024-00770524-APN-DGD#MT del presente expediente, obran las escalas salariales pertenecientes al acuerdo homologado por el artículo 3º de la Disposición citada en el visto, y registrado bajo el Nº 1234/25, celebrado por el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES y la empresa COMPAÑÍA MEGA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1692/23 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que en la referida Disposición también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico IF-2026-24484537-APN-DTRT#MCH, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios que se fijan por la presente y en donde además se expresan los fundamentos por los que no corresponde establecerlos respecto de los acuerdos registrados bajo el N° 1232/25 y N° 1233/25, homologado por e los artículos 1° y 2° de la Disposición precitada.Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT, DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT y DI-2026-353-APN-DNRYRT#MCH, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.Por ello,LA DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJODISPONE:ARTÍCULO 1º.- Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del acuerdo homologado por la Disposición DI-2025-952-APN-DNRYRT#MCH y registrado bajo el Nº 1234/25, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2026-24482203-APN-DTRT#MCH forma parte integrante de la presente.ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y se tome razón de lo establecido en el Considerando respectivo de la presente, respecto de los Acuerdos N° 1232/25 y N° 1233/25. Posteriormente, procédase a la guarda correspondiente.ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Adela Maria Gladys IemmaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 05/10/2026 N° 71836/26 v. 05/10/2026 Fecha de publicación 05/10/2026   Anexo - 1   Anexo - 2