La Superintendencia de Seguros sancionó a una empresa aseguradora y a una asociación por infracciones normativas.
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Por qué importa
Es un acto individual de sanción a una empresa y una asociación, sin impacto generalizable.
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
La Superintendencia de Seguros aplicó una multa a la compañía y inhabilitó a una asociación
La Superintendencia de Seguros sancionó a una empresa aseguradora y a una asociación por infracciones normativas.
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Es un acto individual de sanción a una empresa y una asociación, sin impacto generalizable.
El aviso menciona una bonificación adicional del 24,25% aplicable a los usuarios de gas natural y gas propano indiluido por redes, beneficiarios del SEF.
Resolución 56/2026 autoriza contrato a empresa extranjera para obras en zonas fluviales críticas
Se autoriza a Cooperación Mutual Patronal Sociedad Mutual de Seguros Generales a operar en la rama de aeronavegación en todo el país.
La Superintendencia de Seguros autorizó a La Paz Compañía de Seguros S.A. para operar en la rama de sepelio en toda la República Argentina.
La Superintendencia de Seguros de la Nación prohibió a Comarseg emitir nuevos seguros por irregularidades detectadas.
El Banco informa los nuevos cálculos de tasas para préstamos con caución de certificados de obras, afectando a empresas y usuarios.
El Senado recibió solicitudes del Poder Ejecutivo para designar fiscales y defensor público, que serán tratadas en audiencia pública
La cooperativa La Nueva Leyenda Pergamino fue suspendida por el INAES, según resolución de 2026.
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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓSINTESIS: RESOL-2026-406-APN-SSN#MEC Fecha: 15/09/2026Visto el EX-2026-42045832-APN-GA#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Aplicar a ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (CUIT 30-71234029-7) una MULTA por la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($ 7.563.187,50), en los términos del artículo 58 inciso c) de la Ley N° 20.091. Incluir a “ASOCIACIÓN MUTUAL COMPROMISO” en la inhabilidad prevista en el artículo 8 inciso g) de la Ley N° 22.400. Rechazar la prueba Informativa ofrecida por ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.e. 17/09/2026 N° 67608/26 v. 17/09/2026 Fecha de publicación 17/09/2026