✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
media trascendenciaprimeraconvenio-laboral

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM homologa servicios TIC de una cooperativa

ENACOM homologa servicios TIC de una cooperativa

Cooperativa Rio Turbio obtiene registro para servicios de internet y radiodifusión por suscripción

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347388/20260914

El ENACOM autorizó a una cooperativa a ofrecer servicios de internet y radiodifusión, pero sin garantizar el uso de frecuencias, lo que implica pasos adicionales para su operación.

Publicidad

Próximamente

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM otorgó licencias para servicios TIC a Chipped Connect (ID 347317) y Global Net Fiber (ID 347231) en los días previos a la homologación a Oyikil
  • El acto sobre Oyikil se inscribe en una línea de 14 convenios-laborales relacionados con servicios TIC emitidos por ENACOM en los últimos 30 días
Criterio editorial

Por qué importa

La homologación de servicios TIC afecta directamente a una empresa que busca ingresar al mercado, y refleja la aplicación de normativas regulatorias en el sector de telecomunicaciones.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

2 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo convenio-laboral

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 902/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 902/RESOL-2026-902-APN-ENACOM#JGM FECHA 10/09/2026EX-2025-137173716- -APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a OYIKIL COOPERATIVA TELEFONICA RIO TURBIO LIMITADA en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697/17 y su modificatoria, el Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 14/09/2026 N° 66293/26 v. 14/09/2026 Fecha de publicación 14/09/2026