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SECRETARÍA GENERAL

Secretaría General homologa cargo de supervisora

Secretaría General homologa cargo de supervisora

Resolución 393/2026 autoriza cobertura transitoria de un cargo en la Secretaría General.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347217/20260910

La Secretaría General autorizó la cobertura transitoria de un cargo en su estructura, lo que refleja la dinámica de la administración pública en la gestión de vacantes y la continuidad operativa.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Secretaría General emitió dos resoluciones homologatorias similares en los tres días previos: Res. 381/2026 (4/9) y Res. 386/2026 (7/9).
  • Todos los antecedentes relevantes comparten organismo, tipo de acto ('otro'), temas clave (empleo público, administración pública) y entidades centrales (SECRETARÍA GENERAL, PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO).
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia es media, ya que afecta a un organismo central del Estado, pero el impacto es limitado a una función específica y temporal.

Claves de lectura

Entidades y temas

SECRETARÍA GENERALPRESIDENCIA DE LA NACIÓNSISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICOempleo públicoadministración públicaauditoría interna
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Documento base

Texto original

Resolución 393/2026

SECRETARÍA GENERAL Resolución 393/Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2026VISTO el Expediente Nº EX-2026-76414288--APN-CGD#SGP, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t. o. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701, los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985, 2098 del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios, 644 del 18 de julio de 2024, 272 del 15 de abril de 2025, 958 del 25 de octubre de 2024, 793 del 10 de noviembre de 2025 y 934 del 31 de diciembre de 2025, la Decisión Administrativa Nº 1 del 19 de enero de 2026, y;CONSIDERANDO:Que por medio de la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio del año 2026.Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1/26 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2026.Que por el Decreto Nº 958/24 se estableció que Corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que por el Decreto Nº 793/25 se sustituyó el artículo 9º del Título III de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t. o. por Decreto Nº 438/92) y se dispuso que las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas, entre otras, por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que por el Decreto Nº 644/24 se sustituyó del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que por el Decreto Nº 232/24 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría.Que mediante el Decreto Nº 272/25 se realizaron modificaciones a la citada estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría y, en consecuencia, se incorporaron y homologaron diversos cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Supervisora de Auditoría Legal de la Auditoría Interna Adjunta General de la Unidad de Auditoría Interna de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que el inciso b) del artículo 2º del Decreto Nº 934/25, prevé las excepciones a la prohibición de efectuar nuevas contrataciones de personal de cualquier naturaleza incluyéndose como una de tales excepciones la cobertura transitoria de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.Que ha tomado intervención la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.Que las áreas técnicas competentes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención de su competencia.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958/24.Por ello,LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓNRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dáse por designada, con carácter transitorio, a partir del 01 de agosto de 2026 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Dra. CAÑADA, Mariela Belén (D.N.I. Nº 29.846.928), en el cargo de Supervisora de Auditoría Legal de la Auditoría Interna Adjunta General de la Unidad de Auditoría Interna de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios.Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.ARTÍCULO 2º. - El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente Resolución deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II Capítulos III, IV y VIII y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 01 de agosto de 2026.ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la interesada, comuníquese la presente medida a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, en el término de CINCO (5) días de dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Nº 958/24 y sus modificatorios.ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Karina Elizabeth Mileie. 10/09/2026 N° 65079/26 v. 10/09/2026 Fecha de publicación 10/09/2026