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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Secretaría de Agricultura designa a un funcionario

Secretaría de Agricultura designa a un funcionario

Se designa a un profesional para el Programa Bioproducto Argentino

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346705/20260901

El Ministerio de Economía designó a un funcionario para el Programa Bioproducto Argentino, en el marco de resoluciones anteriores que crearon y reglamentaron el programa.

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Resolución 157/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Resolución 157/Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-119215719- -APN-DNB#MEC, las Resoluciones Nros. 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex- SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, yCONSIDERANDO:Que por la Resolución N° 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la ex- SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex- Ministerio.Que por la Resolución N° 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex- SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”.Que la firma BENEFICIAL GERMS S.A. (C.U.I.T. N° 30-71196414-9) ha solicitado el otorgamiento del derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” para la línea “PROBIOTICGerms”, aditivos no nutricionales formulados a partir de levaduras seleccionadas y microorganismos autóctonos, lactosuero y otros insumos de origen biológico, la cual está integrada por los productos que se detallan en el Anexo (IF-2025-138820706-APN-DNB#MEC) que forma parte de la presente medida.Que el COMITÉ ASESOR EN BIOINSUMOS DE USO AGROPECUARIO (CABUA), en su reunión de fecha 30 de octubre de 2025, se ha expedido al respecto, considerando que la solicitud es meritoria para el otorgamiento del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categorías Sostenibilidad e Innovación, según surge del acta de la citada reunión.Que el citado Comité Asesor recomienda mantener en un CIEN POR CIENTO (100 %) el contenido biobasado para la línea de productos “PROBIOTICGerms”.Que la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha producido el correspondiente dictamen sin consignar observaciones que obsten al otorgamiento del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” solicitado por la firma BENEFICIAL GERMS S.A. y considerando razonable otorgar el derecho a uso del Sello requerido.Que el derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga es al efecto de indicar que los productos provienen de o son material biobasado y no implica la aprobación de venta comercial de los productos o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme a la normativa vigente.Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las citadas Resoluciones Nros. 235/17 y 132/21.Por ello,EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Concédese el derecho de uso gratuito y sin exclusividad del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categorías Sostenibilidad e Innovación, a la firma BENEFICIAL GERMS S.A. (C.U.I.T N° 30-71196414-9) para la línea “PROBIOTICGerms”, aditivos no nutricionales formulados a partir de levaduras seleccionadas y microorganismos autóctonos, lactosuero y otros insumos de origen biológico, la cual está integrada por los productos que se detallan en el Anexo (IF-2025-138820706-APN-DNB#MEC) que forma parte de la presente medida.ARTÍCULO 2°.- Establécese que los productos referidos en el Artículo 1° de la presente medida contendrán un CIEN POR CIENTO (100 %) de material biobasado.ARTÍCULO 3°.- El derecho de uso cedido por el Artículo 1° de la presente medida se otorga por el plazo de CUATRO (4) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 4°.- El derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga tiene como finalidad indicar que los productos provienen de, o son material biobasado. En consecuencia, la puesta en el mercado de los productos o sus derivados deberán tramitarse ante los organismos que correspondan conforme a la normativa vigente.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Sergio IraetaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 01/09/2026 N° 61769/26 v. 01/09/2026 Fecha de publicación 01/09/2026   Anexo - 1