SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 873/Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2026VISTO el Expediente N° EX-2023-95574304- -APN-DGD#MC, las Resoluciones MC Nros. 1372 del 26 de septiembre de 2023, 1924 del 07 de diciembre de 2023 y SC N° 429 del 23 de septiembre de 2025 y la Disposición DNPPC N° 7 del 30 de octubre de 2023, yCONSIDERANDO:Que mediante la Resolución MC N° 1372/23 (RESOL-2023-1372-APN-MC), se modificó el RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, convocándose al certamen de Premios Nacionales para el año 2023 conforme a las especialidades estipuladas por el artículo 14 del Anexo (IF2023-113226961-APN-DNPPC#MC) que forma parte de la citada medida.Que a través de las Resoluciones MC N° 1924/23 (RESOL-2023-1924-APN-MC) y SC N° 429/25 (RESOL2025-429-APN-SC), se designaron a los jurados de las disciplinas correspondientes a la citada convocatoria de 2023 (Producción 2019-2022).Que, el magíster Gonzalo AZIZ y la doctora Daniela SLIPAK, jurados en la especialidad de Ensayo Político nombrados por la Resolución SC N° 429/25 (RESOL-2025-429-APN-SC), presentaron sus renuncias a partir del 13 de noviembre de 2025.Que, en consecuencia, y no habiendo objeciones que formular, resulta procedente aceptar las mismas.Que corresponde designar a los especialistas que deberán intervenir en reemplazo de los renunciantes.Que al efecto, se proponen a la doctora Gabriela AGOSTO y al licenciado Ignacio PIROTTA, cuyos antecedentes acreditan una amplia y relevante actuación en la materia.Que, en otro orden, y en virtud de lo normado por el punto 4 del artículo 9° del Anexo (IF-2023-113226961-APN-DNPPC#MC) de la Resolución MC N° 1372/23 (RESOL-2023-1372-APN-MC), los jurados de las distintas materias cuentan con un plazo total de NOVENTA (90) días corridos para emitir los dictámenes de selección, el que se computa desde el cierre del concurso.Que habiendo cerrado la inscripción el 06 de noviembre de 2023 según lo dispuesto por el artículo 4° del Anexo mencionado y el artículo 1° de la Disposición DNPPC N° 7/23 (DI-2023-7-DNPPC#MC), el plazo de NOVENTA (90) días corridos con que contaban los jurados de la Convocatoria 2023 para expedirse venció el 04 de febrero de 2024.Que asimismo, el artículo 5° de la Resolución SC N° 429/25 (RESOL-2025-429-APN-SC), exceptúa a los jurados de las disciplinas convocadas en 2023 por la Resolución MC N° 1372/23 (RESOL-2023-1372-APN-MC), de lo establecido por el punto 4 del artículo 9° del Régimen de Premios a la Producción Científica, Artística y Literaria, debiendo expedirse dentro de un plazo de TREINTA (30) días corridos y prorrogables hasta NOVENTA (90) días corridos a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.Que corresponde asignar idéntico plazo a los jurados designados por este acto.Que, por otra parte, atendiendo al tiempo transcurrido desde la convocatoria del concurso, resulta pertinente actualizar los honorarios de los jurados de Ensayo Político (Edición 2023) que fueran fijados por la Resolución MC N° 1924/23 (RESOL-2023-1924-APN-MC).Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL y la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA han intervenido en cuanto resulta materia de sus competencias.Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha certificado la existencia de los créditos presupuestarios correspondientes para financiar el gasto de la presente medida.Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.798 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1/26 (DA-2026-1-APN-JGM).Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Decreto N° 993 de fecha 6 de noviembre de 2024.Que la presente medida se dicta con fundamento en lo normado por el punto 1 del artículo 9° del RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA aprobado por Resolución MC N° 1372/23 (RESOL-2023-1372-APN-MC) y en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 35 del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, su Decreto Reglamentario Nº 1344/07 sus modificatorios y complementarios, el Decreto Nº 50/19 (DCTO-2019-50-APN-PTE) y sus modificatorios y el artículo 1º inc. i) del Decreto Nº 392/86.Por ello,EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓNRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Tengase por aceptadas, a partir del 13 de noviembre de 2025, las renuncias presentadas por los jurados del Premio Nacional de Ensayo Político (C-1), Producción 2019/22 (Convocatoria 2023), designados por Resolución SC N° 429 del 23 de septiembre de 2025 (RESOL-2025-429-APN-SC), que a continuación se detallan:Titular: Gonzalo Martín AZIZ (DNI N° 26.357.749).Suplente: Daniela Verónica SLIPAK (DNI N° 27.745.973).ARTÍCULO 2°.- Tengase por designados a los jurados del Premio Nacional de Ensayo Político (C-1), Producción 2019/22 (Convocatoria 2023), a los especialistas que a continuación se detallan:Titular: Gabriela Vanesa AGOSTO (DNI N° 22.431.331).Suplente: Ignacio Lautaro PIROTTA (DNI N° 32.553.536).ARTÍCULO 3°.- Exceptúase al Jurado del Premio Nacional de Ensayo Político (C-1), Producción 2019/22 (Convocatoria 2023), de lo establecido por el punto 4 del artículo 9° del Régimen de Premios a la Producción Científica, Artística y Literaria, debiendo expedirse dentro de un plazo de TREINTA (30) días corridos y prorrogables hasta NOVENTA (90) días corridos a partir de publicada la presente en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.ARTÍCULO 4°.- Asígnanse a cada uno de los restantes jurados titulares del Premio Nacional de Ensayo Político (C-1), Producción 2019/22 (Convocatoria 2023), Agustina GRADIN (DIN N° 28.380.405) y Damián Esteban DEGLAUVE (DNI N° 27.061.458) nombrados por la Resolución SC N° 429 del 23 de septiembre de 2025 en concepto de honorarios por su labor, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-).ARTÍCULO 5°.- Exclúyanse del pago de los citados honorarios a los jurados titular y suplente -ante eventual reemplazo del primero- designados por el artículo 2°, en virtud de encontrarse comprendidos en los términos del “Régimen sobre acumulación de cargos, funciones y/o pasividades para la Administración Pública Nacional” normado por el Decreto N° 8566/61 y sus modificatorios.ARTÍCULO 6°.- El gasto que demanda el cumplimiento de la presente, por la suma total de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), se atenderá con cargos a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 14 – SECRETARÍA DE CULTURA.ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Leonardo Javier Cifellie. 28/08/2026 N° 61221/26 v. 28/08/2026
Fecha de publicación 28/08/2026