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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Superintendencia aprueba plan de regularización para compañía de seguros

Superintendencia aprueba plan de regularización para compañía de seguros

La Superintendencia de Seguros aprobó un plan de saneamiento para Lograr Compañía de Seguros de Personas S.A.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346427/20260826

La Superintendencia de Seguros aprobó el Plan de Regularización y Saneamiento de Lograr Compañía de Seguros de Personas S.A. en cumplimiento de la Ley N° 20.091.

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Aviso Oficial

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓSINTESIS: RESOL-2026-372-APN-SSN#MEC Fecha: 24/08/2026Visto el EX-2026-80783714-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Aprobar el Plan de Regularización y Saneamiento presentado por LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. (CUIT 30-71826863-6), obrante en el IF-2026-78840204-APN-DTD#JGM, en los términos del artículo 31 de la Ley N° 20.091. Establecer que LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. (CUIT 30-71826863-6) deberá dar cumplimiento al Plan de Regularización y Saneamiento aprobado por el artículo precedente dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir de la presentación obrante en el IF-2026-78840204-APN-DTD#JGM, debiendo acreditar ante esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN la efectiva integración del aporte de capital comprometido y la consecuente recomposición del capital mínimo. Prohibir a LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. (CUIT 30-71826863-6), en los términos del artículo 86 inciso a) de la Ley N° 20.091, realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES, dejándose expresa constancia de que dicha medida no alcanza a las cuentas corrientes bancarias.Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.e. 26/08/2026 N° 59818/26 v. 26/08/2026 Fecha de publicación 26/08/2026