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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

INCAA homologa un convenio colectivo de trabajo

INCAA homologa un convenio colectivo de trabajo

El Instituto Nacional del Cine y Artes Audiovisuales aprobó el Convenio Colectivo de Trabajo, afectando a su personal laboral.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346393/20260826

El INCAA homologó un Convenio Colectivo de Trabajo en base a normas vigentes. El acto se realizó dentro del marco institucional del organismo, que depende de la Secretaría de Cultura.

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Es un acto administrativo interno sin impacto directo en la población general.

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Resolución 316/2026

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución 316/Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-104161147-APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº 1032 de fecha 3 de agosto de 2009 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y las Resoluciones INCAA N° 596 de fecha 19 de septiembre de 2025 y N° 89 de fecha 25 de marzo de 2026, yCONSIDERANDOQue el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES funciona como ente público no estatal en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA, conforme el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias.Que en virtud de lo señalado precedentemente se encuadra en el Artículo 8° inciso C de la Ley N° 24.156.Que por Decreto N° 1032/2009 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del INSTITUTO.Que atento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1536/2002, es facultad de la máxima autoridad del INCAA, determinar su propia estructura, así como la designación y asignación de funciones a su personal.Que en relación a dicha facultad se ha dado oportunamente intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL quien se ha expedido mediante documento NO-2025-05637760-APNDNDO#MDYTE.Que con fundamento en las competencias mencionadas precedentemente por Resolución INCAA N° 596/2025 modificada por Resolución INCAA N° 89/2026 se aprobó la actual estructura organizativa del Organismo.Que la misma debe entenderse en un sentido dinámico y adaptable a las diversas necesidades de servicio, a fin de contar con procesos que permitan el cumplimiento de la responsabilidad primaria que por Ley N° 17.741 corresponde al INSTITUTO, de la forma más eficaz y eficiente.Que en esta oportunidad se propicia la readecuación de la SUBGERENCIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, en lo que respecta a las Unidades Operativas de “CONTABILIDAD” y “TESORERÍA”.Que en dicha readecuación la actual Coordinación de Tesorería pasará a ser un Departamento y el actual Departamento de Contabilidad pasará a ser una Coordinación; dependiendo esta primera Unidad de la segunda.Que dicha modificación es a los efectos de optimizar la gestión y el control de ambas áreas, permitiendo con ello una mayor agilidad en la toma de decisiones conforme lo indicado en NO-2026-72682647-APN-GAYF#INCAA.Que la reforma que se propicia no conlleva costo alguno.Que a los efectos expuestos debe dictarse el correspondiente acto administrativo.Que la GERENCIA GENERAL, la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS han tomado la intervención correspondiente.Que las atribuciones y competencias para el dictado del presente acto administrativo se encuentran previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en los Decretos Nº 1536/2002 y N° 202/2024.Por ello,EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Modificar la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, aprobada por Resolución INCAA Nº 596/2025 y su modificatoria N° 89/2026 en lo que respecta a las Unidades Operativas de “CONTABILIDAD” y “TESORERÍA”, dependientes de la SUBGERENCIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, de conformidad con los ANEXOS I (IF-2026-79363314-APN-GG#INCAA), II (IF-2026-79364654-APN-GG#INCAA) y III (IF-2026-79366160-APN-GG#INCAA) del presente acto, los que forman parte íntegra e inseparable de la presente medida.ARTÍCULO 2°.- Establecer que la presente medida tendrá vigencia a partir del 1 de septiembre de 2026.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.Carlos Luis PirovanoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 26/08/2026 N° 60064/26 v. 26/08/2026 Fecha de publicación 26/08/2026   Anexo - 1   Anexo - 2   Anexo - 3