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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia para servicios TIC a Matías Veglio

ENACOM otorga licencia para servicios TIC a Matías Veglio

El Interventor de ENACOM autorizó a Matías Veglio para prestar servicios de telecomunicaciones, registrándolo en el Registro de Servicios TIC.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346147/20260820

ENACOM otorgó una licencia a Matías Veglio para la prestación de servicios TIC, conforme a resoluciones anteriores. El acto se inscribe en el marco normativo de regulación de telecomunicaciones.

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Acto individual de otorgamiento de licencia, sin impacto generalizable ni público amplio.

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Resolución Sintetizada 736/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 736/RESOL-2026-736-APN-ENACOM#JGM FECHA 12/08/2026EX-2022-14931843-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR al señor Matias VEGLIO, Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I, de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697/2017, y su modificatoria Resolución ENACOM N° 1.547/2022. 2.- INSCRIBIR al señor Matias VEGLIO en el Registro de Servicios TIC, aprobado en el Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697/2017, y su modificatoria Resolución ENACOM N° 1.547/2022, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet. 3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), de conformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasMaria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.e. 20/08/2026 N° 58320/26 v. 20/08/2026 Fecha de publicación 20/08/2026