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AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

ANSV designa a un funcionario en su estructura interna

ANSV designa a un funcionario en su estructura interna

El aviso menciona la designación de un cargo dentro de la Agencia Nacional de Seguridad Vial

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344902/20260724

El aviso registra una designación dentro de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el marco de sus competencias institucionales. No se especifica el nombre del funcionario ni el cargo exacto.

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Documento base

Texto original

Disposición 215/2026

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Disposición 215/Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2026VISTO el EX-2026-61836815- -APN-DGA#ANSV, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros 779 del 20 de noviembre de 1995, 1.716 del 5 de noviembre de 2008, 1787 del 5 de noviembre de 2008, 195 del 26 de febrero de 2024 y 293 del 5 de abril de 2024, las Disposiciones ANSV Nros. 35 del 24 de febrero de 2010, 294 del 5 de octubre de 2010, 492 del 4 de octubre de 2019, 348 del 6 de mayo de 2021 yCONSIDERANDO:Que por la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), como organismo descentralizado, actualmente actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA conforme los Decretos N°195/2024 y Nº 293/2024, estableciéndose entre sus facultades las de fiscalizar la implementación de políticas y medidas estratégicas orientadas al desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.Que la ANSV, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como también, el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos en coordinación con los demás organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650Que por Disposición ANSV N° 35/2010 fue creado el REGISTRO NACIONAL DE CINEMÓMETROS CONTROLADORES DE VELOCIDAD –FIJOS/MÓVILES– homologados por la ANSV, y el REGISTRO NACIONAL DE OPERADORES MATRICULADOS DE TECNOLOGÍAS DE CONSTATACIÓN DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO, y por ello deberá afectarse a la operación de los cinemómetros a personal matriculado por la ANSV, en los términos y en cumplimiento de la normativa y procedimientos vigentes, tanto nacionales como locales, aplicables en la materia.Que por Disposición ANSV N° 294/10, se aprobó el PLAN NACIONAL DE CONTROL DE LA SEGURIDAD VIAL 2010 y por Disposición ANSV N º 492/2019 se aprobó el modelo único de cartelería a utilizarse en operativos de fiscalización de velocidad mediante el uso de dispositivos cinemómetros.Que, de acuerdo a lo establecido en el Anexo II del Decreto N° 1716/2008, reglamentario de la ley nacional antes citada, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas, estando facultada para autorizar la colocación de cinemómetros controladores de velocidad.Que por el Decreto N° 1787 de fecha 5 de diciembre de 2008 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, estableciéndose entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL la de entender en la colocación de dispositivos automáticos o manuales de control de infracciones, así como en el uso de dichos sistemas por parte de las autoridades de constatación, en todo camino, ruta y/o autopista de jurisdicción nacional.Que, la mencionada dirección en el ámbito de sus competencias ha elaborado un procedimiento de aplicación interna a dicha área y de las áreas técnicas intervinientes, destinado a ordenar e integrar los circuitos operativos y administrativos involucrados en la materia, con el objeto de optimizar la gestión, fortalecer los mecanismos de control y mejorar la eficiencia en el cumplimiento de las funciones asignadas.Que el procedimiento proyectado debe desarrollarse en armonía con el marco normativo vigente aplicable a los instrumentos tecnológicos utilizados para la constatación de infracciones de tránsito, encontrándose comprendidas, entre otras disposiciones, la Ley Nacional de Metrología N° 19.511 y sus normas reglamentarias y complementarias.Que por Disposición ANSV Nº 348/2021 se aprobó el ACTA ACUERDO entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD por la cual las partes acordaron las pautas a implementar, entre ambos organismos, para el procesamiento de solicitudes de autorización de uso de cinemómetros fijos /móviles en rutas, caminos, autopistas y/o semiautopistas de jurisdicción nacional.Que, por lo expuesto, se propicia la aprobación del MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CINEMÓMETROS FIJOS Y MÓVILES EN CAMINOS, RUTAS Y AUTOPISTAS DE JURISDICCIÓN NACIONALQue la aprobación del procedimiento referido contribuirá a dotar de mayor previsibilidad, seguridad jurídica y eficiencia administrativa a las actuaciones vinculadas con la materia, favoreciendo una adecuada articulación institucional entre los distintos actores involucrados.Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.Que el servicio jurídico permanente de esta ANSV ha tomado la intervención de su competenciaQue la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley 26.363.Por elloEL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:ARTÍCULO 1°: Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CINEMÓMETROS FIJOS Y MÓVILES EN CAMINOS, RUTAS Y AUTOPISTAS DE JURISDICCIÓN NACIONAL”, que como Anexo (DI-2026-69740032-APN-ANSV#MEC) forma parte integrante del presente acto administrativo.ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Francisco Diaz VegaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 24/07/2026 N° 51706/26 v. 24/07/2026 Fecha de publicación 24/07/2026   Anexo - 1