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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Empresa inscrita en registro de servicios TIC

Empresa inscrita en registro de servicios TIC

Fibras Ópticas de Mar del Plata S.A. se registra como proveedora de radiodifusión por suscripción

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344493/20260717

El ENACOM inscribió a una empresa en el Registro de Servicios TIC, lo que le otorga cierta legitimidad, pero sin garantías de acceso a recursos críticos como el espectro radioeléctrico.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENACOM ha inscrito al menos cuatro entidades en el registro de servicios TIC entre el 14 y el 15 de julio de 2026.
  • Todas las medidas analizadas son del tipo 'otro' y comparten temáticas de telecomunicaciones, regulación y empresas.
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente a una empresa del sector TIC y refleja la forma en que el Estado regula el acceso a recursos limitados como el espectro radioeléctrico.

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 586/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 586/RESOL-2026-586-APN-ENACOM#JGM FECHA 15/07/2026EX-2026-24509639- -APN-ALYAT#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la empresa FIBRAS OPTICAS DE MAR DEL PLATA S.A. en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que los presentes registros no presuponen la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), de onformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 17/07/2026 N° 49966/26 v. 17/07/2026 Fecha de publicación 17/07/2026