baja trascendenciaprimeradesignacion

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia para servicios TIC a Norberto Sotelo

ENACOM otorga licencia para servicios TIC a Norberto Sotelo

El Interventor de ENACOM autorizó a Norberto Ariel Sotelo para prestar servicios de telecomunicaciones y lo inscribió en el registro de TIC.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344060/20260706

ENACOM otorgó una licencia a Norberto Sotelo para la prestación de servicios de tecnologías de la información y comunicaciones. La resolución se emitió en el marco de las competencias del organismo en materia de regulación de telecomunicaciones.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto individual de otorgamiento de licencia, sin impacto generalizable ni público amplio.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo designacion

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 488/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 488/RESOL-2026-488-APN-ENACOM#JGM FECHA 02/07/2026EX-2026-10415272-APN-AASYST#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR al Sr Norberto Ariel SOTELO Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- INSCRIBIR al Sr Norberto Ariel SOTELO en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet. 3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este organismo. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 06/07/2026 N° 47145/26 v. 06/07/2026 Fecha de publicación 06/07/2026