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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Revocan autorización a cooperativa de seguros

Revocan autorización a cooperativa de seguros

La Superintendencia de Seguros de la Nación revoca la autorización para operar de una cooperativa de seguros con domicilio en Buenos Aires

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343246/20260617

La Superintendencia de Seguros de la Nación revoca la autorización para operar de La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada. El acto se realiza en el marco de la Ley 20.091, que regula el sector asegurador en Argentina.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto individual y técnico, sin impacto generalizable ni público amplio

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Aviso Oficial

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓSINTESIS: RESOL-2026-252-APN-SSN#MEC Fecha: 12/06/2026Visto el EX-2025-127337607-APN-GE#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Revocar la autorización para operar oportunamente conferida a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3), con domicilio en Bartolomé Mitre 4064/68, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripta en el Registro de Entidades Aseguradoras bajo el número 0163 mediante Resolución N° 1.250 del 16 de junio de 1948, dictada en el Expediente N° 4.140/948 e inscripta en el Registro de Cooperativas bajo Matrícula 544, Acta 644, Folio 273, Libro Segundo, en los términos del artículo 48 inciso b) de la Ley N° 20.091. Extender el alcance de la INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES dispuesta sobre LA NUEVACOOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) por Resoluciones RESOL-2025-269-APNSSN#MEC, RESOL-2025-284-APN-SSN#MEC, RESOL-2025-382-APN-SSN#MEC y RESOL-2026-13-APNSSN#MEC, de fechas 19 de mayo, 28 de mayo, 23 de julio y 15 de enero, respectivamente, para alcanzar la totalidad de sus cuentas bancarias incluyendo las cuentas corrientes y billeteras virtuales.Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.e. 17/06/2026 N° 41657/26 v. 17/06/2026 Fecha de publicación 17/06/2026