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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Banco Central habilita apertura de cuentas no presencial

Banco Central habilita apertura de cuentas no presencial

Resolución establece que entidades financieras pueden asignar casa operativa para radicación de cuentas abiertas no presencialmente

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342931/20260609

Banco Central de la República Argentina adopta resolución para regular la apertura de cuentas bancarias sin necesidad de una visita presencial. Se establece que cualquier casa operativa puede ser asignada para la radicación de estas cuentas.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo de bajo impacto que regula un procedimiento para entidades financieras, no implica cambios en políticas o impactos económicos amplios.

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Comunicación "A" 8444/2026

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 8444/04/06/2026A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:Ref.: Circular OPASI 2-741: Apertura de cuentas en forma no presencial. Adecuación.Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:“- Disponer que las entidades financieras que admitan la apertura no presencial de cuentas a través de medios electrónicos y/o de comunicación –de acuerdo con lo previsto en los puntos 4.16. y 12.10. de los textos ordenados sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales y Reglamentación de la Cuenta Corriente Bancaria, respectivamente–, podrán asignar cualquier casa operativa a los fines de la radicación de las cuentas abiertas de manera no presencial, la cual deberá ser informada al cliente en el momento de la asignación.”Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en los textos ordenados sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales y Reglamentación de la Cuenta Corriente Bancaria. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Secciones – Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).Saludamos a Uds. atentamente.BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINADarío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.ANEXOEl/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Secciones - Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).e. 09/06/2026 N° 39024/26 v. 09/06/2026 Fecha de publicación 09/06/2026