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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Normativa en ciencia y tecnología actualizada

Normativa en ciencia y tecnología actualizada

La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología publicó Resolución 85/2026 para regular la firma digital.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342413/20260527

La Resolución 85/2026 representa un paso adelante en la digitalización de la administración argentina, facilitando la transición de documentos físicos a su versión digital y asegurando la validez jurídica de las firmas electrónicas.

Criterio editorial

Por qué importa

Esta norma tiene trascendencia media debido a su impacto en la digitalización de la administración y el intercambio de documentos jurídicos, lo que puede mejorar la eficiencia y accesibilidad de los servicios públicos.

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Resolución 85/2026

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Resolución 85/Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-137521657- -APN-DNFDEIT#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Firma Digital N° 25.506 y su modificatoria, las Leyes N° 5735 y N° 5738 ambas de la Provincia de Rio Negro, los Decretos N° 892 de fecha 1° de noviembre de 2017, N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 y sus modificatorios, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 1120 E/2025 del Gobierno de la Provincia de Río Negro, las Resoluciones N° 121 de fecha 22 de febrero de 2018 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N° 23 de fecha 19 de diciembre de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N°11 de fecha 18 de febrero de 2025 de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, yCONSIDERANDO:Que la Ley de Firma Digital N° 25.506 y modificatoria legislaron sobre la firma electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.Que el Decreto N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 y sus modificatorios, reglamentaron la ley antes citada, asignando competencias a la Autoridad de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.Que, por su parte, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios creó, entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo entre sus objetivos actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la Infraestructura de Firma Digital dispuesta por la Ley N° 25.506.Que, asimismo, el citado Decreto estableció los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre los cuales se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como en los aspectos vinculados con la incorporación del documento y de la firma digital a los circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.Que el mencionado Decreto N° 50/19 y sus modificatorios estableció, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la de participar en la definición de las normas reglamentarias y tecnológicas para la Firma Digital, en el otorgamiento y revocación de las licencias a certificadores, como así también la de gestionar las Autoridades Certificantes de Firma Digital para el Sector Público Nacional en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA, y asistir a la Subsecretaría en su administración.Que, por su parte, la Resolución N° 11 de fecha 18 de febrero de 2025 de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS estableció los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de la Firma Digital.Que el Decreto Nº 892 de fecha 1° de noviembre de 2017 creó la Plataforma de Firma Digital Remota, administrada exclusivamente por el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la ex SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS), en la que se centraliza el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.Que la Resolución Nº 121 de fecha 22 de febrero de 2018 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN otorgó la Licencia para operar como Certificador Licenciado al ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506.Que por medio de la Resolución N° 23 de fecha 19 de diciembre de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se autorizó al entonces MINISTERIO DE GOBIERNO de la PROVINCIA DE RÍO NEGRO a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).Que la Ley N° 5.735 reorganizó la estructura del Poder Ejecutivo Provincial, creando el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y asignándole las competencias en materia de modernización del Estado, gobierno digital e infraestructura tecnológica transversal.Que la Ley N° 5.738 dispuso la disolución y liquidación de la Agencia “Río Negro Innova” (creada por la Ley K N° 5418) y la transferencia al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de la totalidad de sus bienes, personal, derechos y obligaciones, configurándolo como continuador legal de sus competencias, entre las que se encuentra la de ser autoridad de aplicación de la infraestructura de firma digital.Que el Decreto N° 1120 E/2025 del Gobierno de la Provincia de RÍO NEGRO delegó en el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN la representación del Poder Ejecutivo de la Provincia de RÍO NEGRO ante los organismos del Gobierno Nacional competentes en materia de firma digital, firma digital remota y servicios digitales asociados; en particular, ante la DIRECCION NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.Que, en virtud de lo expuesto y considerando los antecedentes obrantes en el Expediente citado en el Visto, corresponde modificar la denominación de la Autoridad de Registro “MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO”, autorizada a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), por la de “MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO”.Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete mediante Informe N° IF-2026-47555984-APN-DNFDEIT#JGM.Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 182 de fecha 11 de marzo de 2019 y sus modificatorios, y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.Por ello,EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍADE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROSRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución N° 23 de fecha 19 de diciembre de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en virtud de los argumentos expuestos en el Considerando, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°.- Autorízase al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante (AC MODERNIZACIÓN – PFDR)”.ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, notifíquese al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de la PROVINCIA DE RÍO NEGRO, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Darío Leandro Genuae. 27/05/2026 N° 35385/26 v. 27/05/2026 Fecha de publicación 27/05/2026