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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BCRA incorpora cuatro nuevas partidas informativas para billeteras digitales interoperables

BCRA incorpora cuatro nuevas partidas informativas para billeteras digitales interoperables

El Banco Central dispuso que las entidades inscriptas como 'Billeteras digitales interoperables' deben reportar trimestralmente datos sobre altas de usuarios, operaciones transaccionales y contrataciones de productos financieros vía canales no presenciales.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341955/20260514

La Comunicación 'A' 8428/2026 del BCRA modifica el Régimen Informativo mediante la incorporación de cuatro partidas numéricas (999736 a 999739) en la Sección 7 —'Información sobre datos complementarios'—, aplicables exclusivamente a entidades financieras inscriptas como 'Billeteras digitales interoperables'. Estas partidas exigen reportar, al cierre de cada trimestre, la cantidad de titulares dados de alta, los que realizaron al menos una operación transaccional, y los que contrataron productos de ahorro/inversión o préstamos mediante canales no presenciales. La vigencia comienza con el trimestre finalizado el 30/06/2026.

El aviso no informa antecedentes históricos, evolución normativa previa ni marcos regulatorios anteriores.

Las entidades financieras inscriptas como 'Billeteras digitales interoperables' son las únicas obligadas a informar las partidas 999736 a 999739. El aviso no especifica nombres, cantidades ni características adicionales de dichas entidades.

Criterio editorial

Por qué importa

La medida introduce obligaciones informativas específicas y diferenciadas para un tipo definido de entidad financiera, ampliando el alcance del régimen de supervisión trimestral/anual del BCRA.

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Documento base

Texto original

Comunicación "A" 8428/2026

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 8428/24/04/2026A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:Ref.: Circular CONAU 1-1723, RUNOR 1-1957: R.I. para Supervisión Trimestral/ Anual. Adecuaciones.Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones vinculadas con el Régimen Informativo de la referencia.En ese sentido, se incorporan en la Sección 7 – “Información sobre datos complementarios” las siguientes partidas vinculadas con información sobre usuarios de canales no presenciales que sólo deberán informar las entidades financieras que se encuentren inscriptas como “Billeteras digitales interoperables”:• 999736 - Cantidad de titulares que tienen dado de alta su usuario en canales no presenciales al cierre del trimestre.• 999737 - Cantidad de titulares que utilizaron canales no presenciales para iniciar al menos una operación transaccional en el trimestre.• 999738 - Cantidad de titulares que contrataron un producto de ahorro o de inversión a través de canales no presenciales en el trimestre.• 999739 - Cantidad de titulares que contrataron un préstamo a través de canales no presenciales en el trimestre. Las presentes adecuaciones tendrán vigencia a partir del trimestre finalizado el 30/06/26.Se acompañan en Anexo las hojas a reemplazar en el Texto Ordenado correspondiente y en la sección 13 de “Presentación de Informaciones al Banco Central”.Saludamos a Uds. atentamente.BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINAMariana A. Díaz, Gerenta de Régimen Informativo - Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.ANEXOEl/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).e. 14/05/2026 N° 32100/26 v. 14/05/2026 Fecha de publicación 14/05/2026